Crimen y castigo en el Islam (parte 1 de 5): Introducción
Descripción: Una exposición detallada sobre las regulaciones dispuestas por el Islam para tratar con el crimen en una sociedad. 1ra. parte: Introducción y aproximación islámica al combate del crimen.
- Por Por el Grupo Editorial del Dr. Abdur Rahmán Al-Maula
- Publicado 20 Sep 2010
- Última modificación 16 Oct 2021
- Impreso: 721
- Visto: 56,529
- Clasificado por: 81
- Enviado por email: 0
- Comentado: 1
La seguridad y la estabilidad son la base de una sociedad, y son necesarias para el desarrollo de la civilización humana, sin importar de cuánta riqueza se disponga. Sin seguridad ni estabilidad el ser humano no es capaz de conducir su vida diaria, proyectar su futuro ni contribuir al desarrollo de la civilización.
El ser humano ha sido conciente de esa necesidad de seguridad desde el comienzo de su existencia en este planeta, y ha expresado continuamente su necesidad de diversas formas. Con la conformación y evolución de la sociedad humana, ha expresado esta y otras necesidades a través del establecimiento de un Estado y la formación de leyes. El objetivo principal era garantizar la seguridad general, dirimir disputas y conflictos que pudieran amenazar esa seguridad, y hacer frente a los enemigos externos, de otras naciones. El desarrollo de estas legislaciones hechas por el hombre alcanzó el grado actual como resultado de un largo proceso de ensayo y error que tardó siglos.
En contraste, podemos examinar la legislación islámica revelada al Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Dios sean con él), como parte de la revelación final de Dios a la humanidad. La ley islámica pone un cuidado muy especial a este asunto y ofrece un sistema legal completo. Toma en consideración los cambios circunstanciales de una sociedad como también la constancia de la naturaleza humana a lo largo de los tiempos. Consecuentemente, contiene principios comprensibles y normas generales apropiadas para tratar con toda clase de problemas y circunstancias que la vida puede ofrecer en cualquier tiempo y lugar. De la misma forma, ha dispuesto castigos invariables para ciertos crímenes, castigos que no son afectados por los cambios circunstanciales. En este sentido, la ley islámica combina estabilidad, flexibilidad y firmeza.
¿Desde qué ángulo enfoca el Islam la lucha contra el crimen? ¿En qué principios está basado el código penal islámico? ¿Cuáles son sus características distintivas? ¿Qué medidas emplea para combatir el crimen? ¿Qué tipos de castigos existen en el Islam? ¿Cuáles son los objetivos que persigue esta legislación? Estos serán los tópicos tratados en las siguientes páginas.
El enfoque islámico sobre la lucha contra el crimen
Los castigos impuestos por el Islam tienen dos características complementarias. La primera de estas es la severidad de los castigos para los crímenes más graves. Esto tiene la finalidad de disuadir el crimen y limitar su frecuencia. La segunda cualidad es la dificultad de probar la culpabilidad, reduciendo las oportunidades de llevar a cabo los castigos, y protegiendo al acusado a los inocentes de falsas acusaciones.
El principal objetivo de cada precepto legal islámico es asegurar el bienestar de la humanidad en este mundo y en el siguiente, estableciendo una sociedad justa. El modelo de sociedad al que aspira es una que adore a Dios y florezca en la Tierra, una que pueda hacer uso de las fuerzas y recursos de la naturaleza para construir una civilización en la que cada ser humano puede vivir en un clima de paz, justicia y seguridad. Tal es una civilización que le permite a cada persona cumplir sus funciones espirituales, intelectuales, corporales y materiales, y cultivar cada aspecto de su ser. Este supremo objetivo es formulado por el Corán a lo largo de muchos versos. Dios dijo:
"Por cierto que enviamos a nuestros Mensajeros con las pruebas evidentes, e hicimos descender con ellos el Libro y la balanza de la justicia para que los hombres sean equitativos. Hemos hecho descender el hierro, en el que hay gran poder y beneficio para los hombres…". (Corán 57:25)
"…Allah desea facilitaros las cosas y no dificultároslas…". (Corán 2:185)
"Allah quiere aclararos y mostraros el camino correcto de quienes os precedieron, y absolveros. Allah es Omnisciente, Sabio. Allah quiere absolveros, mientras que quienes siguen sus pasiones quieren que os extraviéis completamente. Allah quiere facilitaros las cosas, ya que el hombre fue creado débil". (Corán 4:26-28)
"Allah ordena ser equitativo, benevolente y ayudar a los parientes cercanos. Y prohíbe la obscenidad, lo censurable, la opresión y la injusticia…". (Corán 16:90)
Como los preceptos legales islámicos tienen el claro objetivo de lograr el bienestar de la humanidad, pueden remitirse a principios universales necesarios para garantizar ese bienestar. Estos principios son:
1. La preservación de la vida.
2. La preservación de la libertad del culto.
3. La preservación de la razón y el sentido común.
4. La preservación de la identidad y la familia.
5. La preservación de la propiedad privada.
El sistema penal islámico tiene el objetivo de preservar estos cinco derechos básicos. Para preservar la vida, prescribe la ley de la retribución. Para preservar la religión, prescribe la libertad de culto. Para preservar la razón y el sentido común, prohíbe el comercio y consumo de embriagantes. Para preservar la identidad y la familia, prohíbe la promiscuidad y el adulterio. Para preservar la riqueza, castiga el latrocinio. Y para proteger varios de estos derechos, prescribe el castigo por el asalto.
Por lo tanto, queda claro cuáles son los crímenes fundamentales contra los que la ley islámica ha prescrito penas prefijadas:
1. La trasgresión contra la vida (asesinato o agresión).
2. Transgresiones contra la propiedad (hurto y robo).
3. Transgresiones contra la identidad y la familia (adulterio, promiscuidad y calumnias, como falsas acusaciones de adulterio).
4. Transgresiones contra la razón y el sentido común (ebriedad o intoxicación).
5. Transgresiones contra la libertad de culto (las conversiones forzadas, la persecución y la denigración pública de las religiones).
6. Transgresiones simultáneas contra varios de los derechos mencionados (asalto).
Crimen y castigo en el Islam (parte 2 de 5): Formas de castigo en el Islam
Descripción: Una discusión detallada sobre las regulaciones que el Islam ha implementado para tratar con el crimen en la sociedad. Parte 2: Características distintivas del sistema penal islámico, y una introducción a las tres formas de castigo que el Islam ha prescrito para ciertos crímenes.
- Por Por el Grupo Editorial del Dr. Abdur Rahmán Al-Maula
- Publicado 27 Sep 2010
- Última modificación 27 Sep 2010
- Impreso: 416
- Visto: 51,603
- Clasificado por: 81
- Enviado por email: 0
- Comentado: 0
Características distintivas del sistema penal islámico
En los principios anteriormente mencionados, la ley islámica y las legislaciones seculares, aunque la ley islámica la precede. De todas maneras, el sistema penal islámico tiene virtudes únicas y cualidades distintivas, entre las cuales se encuentran:
1. Los mecanismos disuasivos internos de la conciencia moral enseñados por el Islam están completamente integrados con la supervisión pública de la sociedad. Esto es así, porque cuando la ley islámica trata con problemas humanos tales como el crimen, no se limita a implementar normas disuasivas externas, sino que se concentra también en enseñar los disuasivos internos que una persona debe tener en su conciencia moral. Está diseñada para desarrollarla dentro de la persona desde el nacimiento, de tal forma que sea educado en la nobleza del carácter.
La ley islámica promete el éxito y la salvación para aquellos que obran con rectitud, y advierte a los malhechores que tendrán un destino ignominioso y funesto. Se esfuerza por conmover emocionalmente a los malhechores, haciéndolos renunciar a sus métodos e intenciones, inspirándoles temor a Dios y esperanza en Su perdón y misericordia. Intenta inspirarles temor al castigo de Dios, que se adhieran a virtudes morales, al amor al prójimo, y a un deseo de bien hacia los demás, absteniéndose de causarles daños y perjuicios.
2. Tiene un enfoque balanceado acerca de las relaciones entre el individuo y la sociedad. Esto se hace evidente por el hecho de que mientras la Ley Divina protege a la sociedad promulgando penas y medidas preventivas contra los crímenes, no margina ni aísla al individuo con el pretexto de proteger a la sociedad. Por el contrario, su prioridad es proteger al individuo, su libertad y sus derechos, proveyendo las oportunidades y medios de subsistencia para que la persona no tenga excusa para recurrir al crimen. No dispone un castigo sin primero preparar al individuo para ganarse el pan honestamente y llevar una vida feliz.
Formas de castigo en el Islam
La ley islámica, al confrontar los problemas de convivencia y disponer soluciones para ellos, se establece sobre funciones complementarias: la estabilidad y permanencia de sus pilares básicos, por un lado, y el dinamismo de sus preceptos derivados, por el otro.
Para los aspectos inmutables de la existencia del ser humano, la ley islámica trajo estatutos fijos. Para los aspectos dinámicos de nuestra existencia, que son afectados por la evolución social, la ampliación de los horizontes científicos y los avances en diversos ámbitos del conocimiento, la ley islámica trajo principios generales y universales capaces de ser aplicados de diversas formas y en una gran variedad de circunstancias.
Cuando aplicamos estos principios teóricos a un sistema penal, encontramos que la ley islámica ha prescrito penas fijas para aquellos crímenes de los que ninguna sociedad está libre, crímenes que no varían de forma entre lugares y pueblos porque están relacionados con factores humanos que son constantes y propios de su naturaleza.
La ley islámica enfrenta otros crímenes al afirmar el principio general que indica de manera decisiva su prohibición, dejando que el castigo sea decidido por la autoridad política correspondiente en la sociedad. La autoridad política puede entonces tener en consideración las circunstancias particulares del criminal y determinar la forma más efectiva de proteger a la sociedad del daño que causa. De acuerdo con este principio, los castigos en la ley islámica son de tres tipos:
1. Penas prescritas.
2. Penas por retribución.
3. Castigos discrecionales.
Crimen y castigo en el Islam (parte 3 de 5): ‘Hudud’ – Penas corporales prescritas
Descripción: Una exposición detallada de las regulaciones que ha dispuesto el Islam para tratar con el crimen en la sociedad. Parte 3: La primera forma de castigo: Al-Hudud, o los castigos corporales prefijados, los tipos de crimen para los cuales se han promulgado y la sabiduría detrás de estos.
- Por Por el Grupo Editor del Dr. Abdur Rahmán Al-Muala
- Publicado 27 Sep 2010
- Última modificación 27 Sep 2010
- Impreso: 414
- Visto: 52,219
- Clasificado por: 80
- Enviado por email: 0
- Comentado: 0
I.Penas prescritas
Los crímenes que caen bajo esta categoría de castigo pueden ser definidos como actos legalmente prohibidos por Dios, contra los que Él ha dado una severa advertencia, para cuya prevención ha predeterminado penas y cuya ejecución se considera un derecho de Dios.
Estas penas tienen ciertas peculiaridades. Entre ellas están las siguientes:
a) No pueden ser incrementadas ni disminuidas.
b) No pueden ser evitadas por el juez, autoridad política ni por la víctima, luego de que el crimen asociado ha llamado la atención de las autoridades. Antes de que estos crímenes sean presentados ante el Estado, es posible que la víctima perdone al criminal si el daño fue solo personal.
c) Estos castigos son el derecho de Dios, significando que el derecho legal involucrado es de una naturaleza general, en la que se toma en consideración un bien mayor, que es el bienestar general de la sociedad.
Los siguientes crímenes caen bajo la jurisdicción de estas penas prescritas:
1. Hurto
El hurto es definido como apropiarse secretamente de la propiedad ajena de su locación segura y privada, con la intención de tomar posesión de ella.
2. Robo o asalto
El robo o asalto es definido como la actividad de un grupo o individuo con el objetivo de arrebatar por la fuerza la propiedad ajena, generalmente en la vía pública o los caminos, y que involucra determinado grado de violencia física y psicológica para la víctima.
3. Promiscuidad o fornicación
Es definida como cualquier situación en la que un hombre y una mujer mantienen relaciones sexuales con penetración y coito, sin haber un vínculo legal entre ellos (matrimonio) y, por consiguiente, a escondidas de la sociedad y del Estado islámico. Cualquier contacto entre un hombre y una mujer que no involucre el coito no cae bajo esta categoría, y no amerita el castigo prescrito.
4. Adulterio
Es definido como cualquier situación en la que un hombre y una mujer mantienen relaciones sexuales con penetración y coito, sin haber un vínculo legal entre ellos (matrimonio), pero con el agravante de mantener un vínculo legal matrimonial con otra persona, lo cual convierte el acto en una traición a los sentimientos y a la identidad de la criatura concebida (si existiera). Para probarlo ante un juez se necesitan cuatro testigos fiables que hayan visto la penetración, caso en el cual se aplica la pena prescrita.
5. Calumnias o acusación falsa
Es definido como la acusación de adulterio o fornicación contra una persona casta e inocente. Puede presentarse bajo la forma de negar la paternidad, lo que implica sugerir que sus padres fueron adúlteros o fornicadores. Las falsas acusaciones incluyen cualquier declaración denunciando la fornicación y el adulterio, que no esté respaldada por pruebas fehacientes.
6. Embriaguez
Uno de los más importantes objetivos del Islam es la realización del ser humano y la prevención de lo perjudicial. A causa de esto, el Islam “ordena las cosas buenas y prohíbe las malas”. Así, protege la vida de las personas como también sus facultades, riqueza y su reputación. La prohibición de las bebidas alcohólicas y el castigo por ebriedad está entre las leyes que evidencias el interés del Islam por estos asuntos, porque las bebidas alcohólicas destruyen varios de estos bienes, generando situaciones potenciales de destrucción de la vida, riqueza, salud mental, reputación y la religión.
Dios dijo:
“¡Oh, creyentes! Los embriagantes, los juegos de azar, los altares [sobre los cuales eran degollados los animales como ofrenda para los ídolos] y consultar la suerte valiéndoos de flechas son una obra inmunda de Satanás. Absteneos de ello y así tendréis éxito. Satanás sólo pretende sembrar entre vosotros la enemistad y el odio valiéndose del vino y de los juegos de azar, y apartaros del recuerdo de Allah y la oración. ¿Acaso no vais a absteneros?” (Corán 5:90-91)
7. Crímenes contra la religión
Son definidos como cualquier ataque contra la religión, como afirmaciones o actos ofensivos. Cuando estas actividades implican un activismo contra el Estado, como espionaje y actos de sedición, pueden castigarse con la ejecución. Este castigo fue prescrito en tiempos del Profeta para una situación específica: sucedió que un grupo enemigo hizo su ingreso al Islam, luego lo abandonó públicamente, para sembrar la duda y la incertidumbre entre los creyentes. El Corán nos relata este evento:
“Un grupo de la Gente del Libro dicen entre ellos: Al comenzar el día finjamos creer en lo que se le ha revelado a los creyentes [el Corán], y neguémoslo al anochecer; tal vez así los creyentes duden y renuncien a su fe”. (Corán 3:72)
Así, el castigo contra los ataques a la religión fue instituido para que los intereses y derechos de la sociedad no puedan ser usados como arma política o para hacer espionaje en contra del Estado.
Al mismo tiempo, se le da al criminal la posibilidad de arrepentirse y pedir perdón, durante un lapso de 3 días, caso en el cual queda libre de culpa y cargo.
Crimen y castigo en el Islam (parte 4 de 5): Retribución y castigos discrecionales
Descripción: Una discusión detallada sobre las regulaciones que el Islam ha dispuesto para tratar con el crimen en una sociedad. Parte 4: El segundo y tercer tipo de castigos: la retribución y los castigos discrecionales, tipos de crímenes para los cuales han sido legislados, así como la sabiduría detrás de ellos.
- Por Por el Grupo Editorial del Dr. ‘Abdur Rahmán Al-Muala
- Publicado 04 Oct 2010
- Última modificación 19 Oct 2010
- Impreso: 411
- Visto: 49,790
- Clasificado por: 80
- Enviado por email: 0
- Comentado: 0
II. Retribución
Este es el segundo tipo de castigo en la ley islámica. Sucede cuando el perpetrador del crimen es castigado con el mismo daño que causó a su víctima. Esta ley enseña a las personas a sentir en carne propia el dolor que se les causa a los demás, ablandando sus corazones y enseñando la solidaridad. Los especialistas suelen hacer esta determinación.
Reglas Importantes sobre la retribución
a) La ley de la retribución no es legal excepto cuando el daño fue causado con premeditación. No hay retribución alguna por una muerte o daño causado accidentalmente. Dios dijo:
“¡Oh, creyentes! Se os ha establecido la ley de la retribución en caso de homicidio”. (Corán 2:178)
Y también dijo:
“…y con las heridas también aplicad la ley de la retribución”. (Corán 5:45)
b) En los delitos en que el criminal directamente transgrede los derechos de otro, el Islam ha concedido a la voluntad de la víctima o de su familia un importante rol en decidir si el castigo debe ser ejecutado o no. El Islam permite a la víctima perdonar al perpetrador, porque el castigo de estos crímenes se considera un derecho de la víctima. El Islam recomienda el perdón, prometiendo una recompensa en el Más Allá para quien perdona. Dios dice:
“Y si los familiares de la víctima perdonan que se le aplique la pena al culpable, le serán borrados por ello sus pecados”. (Corán 5:45)
El perdón puede ser parcial e incluir el pago de algún tipo de compensación del perpetrador a la víctima, como una suma monetaria fijada de antemano; o puede ser un perdón total, sin demandar del perpetrador ninguna compensación mundanal. Dios dice:
“Perdonar es lo más próximo a la piedad”. (Corán 2:237)
c) El castigo debe ser aplicado por las autoridades. La familia de la víctima no puede ejecutarlo.
La sabiduría detrás de la retribución:
Los castigos impuestos por el Islam en general, y la retribución específicamente, tienen dos características complementarias. La primera de estas es la severidad de los castigos. Esto tiene la finalidad de disuadir el crimen y limitar su frecuencia.
La segunda característica, es la dificultad de probar la culpabilidad, reduciendo las oportunidades de llevar a cabo los castigos y protegiendo al acusado. En este sentido, podemos ver claramente que el castigo se evita en caso de duda razonable, pues todo acusado se considera inocente a menos que se pruebe lo contrario, y se le concede siempre el beneficio de la duda.
Algunas penas son canceladas por el arrepentimiento del culpable, como podemos ver en el caso del asaltante. Esto también puede notarse en la permisibilidad del perdón en caso de retribución, y por el hecho de que el perdón es incentivado y preferido.
Estos dos elementos se complementan el uno al otro para disuadir efectivamente el crimen y proteger a la sociedad, y los derechos del acusado son resguardados por el hecho de que las especulaciones y acusaciones no constituyen base alguna para la aplicación de una pena, el acusado goza de las mayores garantías de justicia, y se evita el castigo siempre que sea posible. La mayor parte de la gente se abstendrá de cometer un crimen por temor a la severidad del castigo, la historia registra que la aplicación de estas penas rara vez se ejecutan en las sociedades islámicas. De esta forma, la seguridad general de la sociedad, los derechos de la sociedad sobre cada individuo y los derechos del individuo sobre la sociedad, quedan igualmente protegidos.
3. Castigos discrecionales
Son los castigos que no están fijados por la ley islámica, para crímenes que infringen los derechos de Dios o de una persona, pero no tienen una penalidad prefijada ni una forma fija de expiación.
Las penas discrecionales son la categoría más amplia de castigos, porque los crímenes que tienen asignados penas fijas son muy pocos, y casi cualquier otro crimen caen bajo esta categoría.
Son los tipos de castigos más flexibles, porque toman en consideración las circunstancias particulares de la sociedad y sus cambios. Consecuentemente, son lo suficientemente flexibles para buscar el mejor resultado posible, reformar efectivamente al criminal y reducir el daño que causa.
La ley islámica ha definido diferentes tipos de castigos discrecionales, comenzando por las exhortaciones, los azotes, las multas y la prisión. Estas medidas son aplicadas bajo la consideración de las autoridades legales dentro del marco de la ley islámica y las metas generales del Islam, que buscan un balance entre el derecho de la sociedad a ser protegida del crimen y el derecho del individuo a conservar su libertad.
Crimen y castigo en el Islam (parte 5 de 5): Las metas generales del sistema penal islámico
Descripción: Una discusión detallada sobre las regulaciones que el Islam ha dispuesto para tratar con el crimen en una sociedad. Parte 5: Descripción de los objetivos que persigue la ley islámica para la sociedad al prescribir estas penas.
- Por Por el Grupo Editorial del Dr. ‘Abder Rahmán Al-Muala
- Publicado 04 Oct 2010
- Última modificación 19 Oct 2010
- Impreso: 417
- Visto: 48,005
- Clasificado por: 80
- Enviado por email: 2
- Comentado: 0
Las metas generales del sistema penal islámico
El sistema penal islámico persigue varios objetivos, y los más importantes son:
1. Proteger a la sociedad de los peligros del crimen. Es de conocimiento público que si el crimen no es penalizado, la sociedad estará expuesta a graves peligros. El Islam busca establecer la estabilidad y la seguridad social, tratando de que la vida en sociedad sea segura y pacífica. Estas consideraciones son la base de su accionar: legislar castigos que desanimarán a las personas a cometer crímenes. Esto fue afirmado en los siguientes versos del Sagrado Corán, que hablan sobre la retribución y sus efectos en la sociedad:
“La ley del talión es una medida para preservar vuestras vidas y amedrentar a los homicidas, ¡oh, dotados de intelecto!” (Corán 2:179)
Si el criminal conoce la magnitud de las consecuencias negativas para su persona que el crimen puede causar, lo pensará mil veces antes de cometerlo. Ser consciente del castigo hará que el criminal se abstenga de cometer el crimen de dos formas. El criminal que ha sido ya objeto del castigo muy probablemente no reincidirá en su crimen. El resto de la sociedad tendrá presente el castigo a raíz de su ejemplo y se mantendrá al margen de cometerlos. Para que el efecto general de la pena sea efectivo, el Islam ha determinado que se anuncie públicamente cuando se la vaya a ejecutar. Dios dice:
“…y que un grupo de creyentes sea testigo cuando se les castigue”. (Corán 24:2)
2. La segunda meta del Islam es resocializar al criminal. El Corán a menudo menciona el arrepentimiento en asociación con el crimen, dejando en claro que la puerta al arrepentimiento está abierta cuando sea que el criminal abandone su crimen y se comporte apropiadamente. Dios ha hecho del arrepentimiento un medio para evitar los castigos prefijados en algunas instancias, como el castigo por asaltar. Dios dice:
“…Pero quienes se arrepientan y no sean apresados sepan que Allah es Absolvedor, Misericordioso”. (Corán 5:34)
Dios dice acerca del castigo por la promiscuidad o fornicación:
“A quienes de vosotros lo cometiesen, castigadles y reprochadles severamente. Pero si se arrepienten y enmiendan dejadles en paz. Allah es Indulgente, Misericordioso”. (Corán 4:16)
Y también dice, luego de mencionar el castigo por falsa acusación:
“Salvo quienes, después de eso, se arrepientan y se enmienden, porque Allah es Absolvedor, Misericordioso”. (Corán 3:89)
Dios dice, luego de mencionar el castigo prescrito por hurto:
“Quien se arrepienta después de una injusticia que hubiere cometido y se enmiende, Allah lo perdonará. Allah es Absolvedor, Misericordioso”. (Corán 5:39)
Este objetivo es visto más frecuentemente con respecto a los castigos discrecionales, donde le incumbe al juez tomar en consideración las circunstancias atenuantes o agravantes del criminal, y decidir qué será lo mejor.
3. El castigo es la recompensa por el crimen. Es indeseable tratar a la ligera a un criminal que amenaza la seguridad de los demás. El criminal debe recibir su justo castigo, en la misma magnitud con la que se complació tomando el camino del mal en lugar del de la rectitud. Es el derecho de la sociedad asegurar el bienestar de sus miembros. El Corán reafirma esta meta cuando menciona varios castigos. Dios dice:
“Al ladrón y a la ladrona cortadles la mano como castigo por lo que han cometido...”. (Corán 5:38)
“El castigo de quienes hacen la guerra a Allah y a Su Mensajero, y siembran en la Tierra la corrupción, es que se les mate o crucifique o se les ampute una mano y el pie opuesto o se les destierre. Esto es para que sean denigrados en esta vida, y en la otra tendrán un terrible castigo…”. (Corán 5:33)
Agregar un comentario